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Nómina electrónica · caso práctico

Nómina electrónica para persona natural con empleados

Una persona natural puede quedar obligada. No decide la existencia de una sociedad, sino las condiciones del artículo 1.5.3.2.3 de la Resolución 227/2025.

Revisado el 21 de septiembre de 2026.

Comprueba las tres condiciones

Revisa con quien prepara tu declaración si eres contribuyente de renta, si realizas pagos o abonos derivados de una relación laboral y si necesitas soportar esos valores como costos o deducciones. No equipares automáticamente «no obligado a facturar» con «no obligado a nómina electrónica».

Por ejemplo, una persona natural que contrata personal para su negocio y pretende deducir esos pagos debe revisar la obligación. El análisis difiere de un gasto familiar que no se lleva como costo o deducción.

La identidad debe ser la del empleador

La identificación del sujeto obligado y la del beneficiario forman parte del contenido mínimo (art. 1.5.3.3.1). No utilices el NIT del contador o del proveedor como si fuera el empleador. La habilitación es un procedimiento del sujeto obligado (art. 1.5.3.5.1.1).

Aunque delegues, conserva el control

Pide a tu contador o proveedor copia del documento transmitido, de su respuesta DIAN y de las notas de ajuste. El artículo 1.5.3.5.1.8 mantiene en el sujeto obligado la responsabilidad sobre exactitud y requisitos sustanciales. La conservación se regula en el art. 1.5.3.8.2.

Preguntas frecuentes

¿Solo las empresas transmiten?

No. El art. 1.5.3.2.3 define sujetos obligados por condiciones tributarias y pagos laborales, no por ser sociedad.

¿Puedo encargar el trabajo a mi contador?

Puedes apoyarte en él para operar; la responsabilidad del sujeto obligado permanece según el art. 1.5.3.5.1.8.

¿Qué documento debo guardar?

El soporte, sus ajustes y las respuestas de validación, conservados de forma accesible (arts. 1.5.3.5.1.7 y 1.5.3.8.2).

Fuentes consultadas

Aviso legal y de uso

NominaCheck CO es una herramienta informativa de comparación de costos y opciones de contratación en Colombia. No constituye asesoría laboral, contable, fiscal, ni jurídica.

Los cálculos se basan en tasas y regulaciones oficiales colombianas vigentes a la fecha indicada en cada resultado, e incorporan supuestos simplificados para fines comparativos. Las cifras son estimaciones aproximadas; el costo real depende de la convención colectiva aplicable, la caja de compensación, la clase de riesgo ARL exacta, el municipio, las exoneraciones tributarias aplicables (Ley 1607 art 25), y el contrato específico.

Consulte siempre con un contador público o abogado laboral colombiano antes de tomar decisiones de contratación, terminación, reclasificación, o estructuración societaria.

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Última actualización del modelo: 2026-09-07.